Proyectos Normativos: OEFA y MINAM publican propuestas sobre Supervisión y Gestión Ambiental

La Gerencia de Sostenibilidad de la SNI, considera de gran importancia informar acerca de los proyectos normativos de interés que puedan tener implicancias en el sector industrial. En este sentido, les hacemos llegar la siguiente información:

  • Resolución del Consejo Directivo N° 00005-2025-OEFA/CD: con fecha 22 de febrero, que dispone la publicación del proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento de Supervisión del OEFA”. Establece disposiciones y criterios para la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscalizables, la realización de actos y diligencias de investigación, la adopción de acciones para la prevención de riesgos, la capacidad de respuesta en el desarrollo de sus operaciones o funciones de los administrados, así como otros aspectos que garanticen el cumplimiento de una gestión ambiental efectiva en las actividades de los titulares cuya supervisión se encuentra a cargo del OEFA y de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA.
    https://www.gob.pe/institucion/oefa/informes-publicaciones/6501474-resolucion-del-consejo-directivo-no00005-2025-oefa-cd
  • Resolución Ministerial N° 00048-2025-MINAM: con fecha 23 de febrero, que dispone la publicación del proyecto de “Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad Ambiental de Sedimentos”. El Protocolo incorpora los procedimientos, recursos humanos, materiales, frecuencias y seguridad, que se deben adoptar en el monitoreo de la calidad de sedimentos para las actividades productivas, extractivas y de servicios. Además, considera parámetros de medición (físicos, químicos y biológicos) que dependerán del tipo de actividad económica, cuerpo de agua y ecosistema.
    https://www.gob.pe/institucion/minam/normas-legales/6501104-00048-2025-minam
  • Resolución Ministerial N° 00049-2025-MINAM: con fecha 23 de febrero, que dispone la publicación del proyecto del Decreto Supremo que aprueba los Límites Máximos Permisibles (LMP) para efluentes de los mataderos y centros de faenamiento avícola. Aplicable a titulares que operen o pretendan operar mataderos o centros de faenamiento avícola y que dispongan sus efluentes en cuerpos de agua marino costero o continentales superficiales (lóticos o lénticos), con excepción de aquellos que vierten sus efluentes a la red de alcantarillado sanitario o para su reúso en el territorio nacional. https://www.gob.pe/institucion/minam/normas-legales/6501113-00049-2025-minam

Los proyectos están a su disposición para opiniones y/o sugerencias, por lo cual agradeceremos que en caso tener alguna, nos la haga llegar al correo: myzu@sni.org.pe hasta el jueves 06 de marzo (R.M. N° 00048-2025-MINAM y R.M. N° 00049-2025-MINAM) y miércoles 19 de marzo (R.C.D. N° 00005-2025-OEFA/CD), de manera que desde la Gerencia de Sostenibilidad podamos recopilar los comentarios de todos los interesados y remitirlos por escrito al Ministerio del Ambiente (MINAM) y Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), respectivamente.

Puede encontrar un formato de sugerencias haciendo clic aquí.